Bolzano/Bozen, Temuco, 15 de julio de 2005
El Observatorio para la Protección de los Defensores de
Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización
Mundial contra la Tortura (OMCT) y de la Federación
Internacional de Derechos Humanos (FIDH), ha enviado a Temuco,
Chile, una misión de observación del juicio oral
contra los lonkos (autoridades tradicionales mapuche) Pascual
Pichún Paillalao y Aniceto Norín Catriman y otros
catorce comuneros mapuches acusados por delitos de
asociación ilícita terrorista, el cual se
está desarrollando desde el 13 de junio de 2005 en el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. Con mandato del
Observatorio, el Dr. Luis Rodríguez-Piñero Royo,
profesor del Indigenous Peoples Law and Policy Program de la
Universidad de Arizona, y experto en derechos de los pueblos
indígenas en el sistema internacional, se encuentra en
estos días en Temuco con el fin de evaluar el respeto a
los estándares internacionales del debido proceso dentro
del juicio.
Los acusados son imputados por delitos de terrorismo en virtud
de su supuesta pertenencia a la Coordinadora Arauco Malleco
(CAM), en relación con distintos actos de protesta,
incluyendo incendios y daños a la propiedad, producidos en
el periodo 1997-2001. Los acusados enfrentan graves condenas de
cárcel en aplicación de la Ley Antiterrorista (Ley
18.314), lo que ha despertado protestas tanto a nivel nacional
como internacional. Éste es el segundo juicio que se lleva
a cabo en relación con los mismos hechos, ya que una
primera sentencia de absolución por falta de pruebas,
dictada por el mismo tribunal en noviembre de 2004, fue anulada
posteriormente por la Corte Suprema, en un fallo que ha sido
altamente cuestionado.
La aplicación de la Ley Antiterrorista en los juicios
llevados a cabo contra dirigentes mapuches en relación con
reivindicaciones territoriales, así como el uso de medidas
procesales especiales, como las declaraciones de los denominados
"testigos sin rostro", han sido denunciados por diversos
organismos internacionales. En 2003, el Relator Especial de las
Naciones Unidas sobre la Situación de los Derechos Humanos
y las Libertades Fundamentales de los Indígenas, el Sr.
Rodolfo Stavenhagen, recomendó explícitamente que
"se tomen medidas para evitar la criminalización de las
legítimas actividades de protesta o demandas sociales" del
pueblo Mapuche. En el mismo sentido se ha manifestado el
Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales de las Naciones Unidas en sus recientes observaciones
sobre Chile. Cabe destacar asimismo que existen en la actualidad
cinco causas abiertas ante la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos por violaciones del debido proceso de dirigentes
mapuches acusados de terrorismo.
El Observatorio espera que el Tribunal de Temuco adopte una
decisión conforme a las normas y los principios
internacionales de derechos humanos, en particular al Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo
artículo 14.1 establece que "Todas las personas son
iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona
tendrá derecho a ser oída públicamente y con
las debidas garantías por un tribunal competente,
independiente e imparcial, establecido por la ley, en la
substanciación de cualquier acusación de
carácter penal formulada contra ella o para la
determinación de sus derechos y obligaciones de
carácter civil".
El Observatorio urge al gobierno chileno a que tome todas las
medidas oportunas para garantizar en todo momento la integridad
física y psicológica y el derecho al debido proceso
a los dirigentes y a los demás miembros de las comunidades
mapuches de manera que si no existen pruebas en su contra, se
retiren los cargos, se proceda a su libertad inmediata e
incondicional, y en el caso de haber violaciones a sus derechos
les sea otorgada una adecuada reparación. El Observatorio
considera que el Estado chileno no puede conformarse con sus
compromisos internacionales relativos al debido proceso sin
abrogar la legislación antiterrorista de la época
de la dictadura de Augusto Pinochet, que se utiliza actualmente
de manera política en contra de activistas y defensores de
los derechos de los indígenas la cual les niega sus
derechos procesales.